El Boletín Oficial del Estado ha publicado la resolución por la que se atribuye el rango de numeración 400 para la realización de llamadas comerciales salientes en España. Una medida que desarrolla la Ley 10/2025 y busca facilitar que los usuarios identifiquen de forma clara cuándo reciben una comunicación comercial.
Actualización 5 de octubre de 2026. La numeración 400 es obligatoria para las llamadas comerciales a consumidores desde el 17 de octubre de 2026 y ya puedes contratarla con Conexia por 5 € al mes + IVA. Además, desde el 1 de mayo la numeración geográfica exige acreditar un domicilio legal en su provincia: te lo contamos más abajo, con las preguntas más frecuentes.
Esta medida desarrolla lo previsto en la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, de servicios de atención a la clientela, y busca facilitar que los usuarios puedan identificar de forma clara cuándo reciben una comunicación comercial.
La nueva numeración NXY = 400 queda reservada exclusivamente como origen de llamadas comerciales salientes. Es decir, estos números no estarán habilitados para recibir llamadas entrantes ni podrán utilizarse para servicios de atención al cliente u otros usos distintos a los previstos por la resolución.
Según la CNMC, el objetivo es diferenciar de manera más clara las llamadas comerciales de otros servicios, como la atención al cliente, y reforzar la transparencia para los usuarios. La propia CNMC ha iniciado el procedimiento de asignación inicial de esta numeración, que se realizará en bloques de 1.000 números y estará disponible para operadores del servicio telefónico disponible al público, como Conexia Telecom.
Principales claves de la nueva numeración 400
- Uso exclusivo para llamadas comerciales salientes. El rango 400 se utilizará únicamente para identificar llamadas comerciales. No podrá emplearse como numeración de atención al cliente ni como número de contacto entrante.
- No admite llamadas entrantes. Los usuarios no podrán devolver la llamada a un número 400, ya que la normativa establece que estos números funcionen solo como origen de llamadas salientes.
- Aplicación vinculada a la Ley 10/2025. La obligación se conecta con las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, especialmente grandes empresas y prestadoras de servicios básicos de interés general, entre ellos los servicios de comunicaciones electrónicas.
- Periodo de adaptación técnica. Los operadores deberán abrir el rango 400 en sus redes y adaptar sus sistemas para que esta numeración pueda utilizarse conforme a las condiciones establecidas.
- Separación entre atención al cliente y actividad comercial. La normativa refuerza la distinción entre llamadas comerciales y comunicaciones de atención al cliente. Para la atención a la clientela, se mantienen otros rangos habilitados, como numeración corta, números 800/900 o numeración geográfica, según corresponda.
Desde Conexia Telecom estamos analizando el impacto operativo de esta medida en empresas, operadores, plataformas de contact center y servicios de comunicaciones corporativas. Esta nueva regulación obligará a revisar cómo se gestionan las campañas comerciales, la identificación de llamadas salientes y la separación técnica entre llamadas comerciales, soporte y atención al cliente.
Qué implica para tu empresa
En los próximos meses seguiremos informando sobre la evolución de esta normativa y sus implicaciones prácticas para empresas que utilizan centralitas, plataformas de llamadas, contact centers o servicios de telecomunicaciones avanzados.
Si tu organización realiza campañas comerciales telefónicas o gestiona un contact center, conviene anticipar:
- Revisar los flujos de salida. Identificar qué llamadas entran en el ámbito comercial y deberán emitirse desde rango 400.
- Separar la atención al cliente. Mantener numeración 800/900, corta o geográfica para servicio postventa, soporte y atención.
- Coordinar con tu operador. Solicitar asignación de bloques 400 y verificar que tu centralita o plataforma de marcación admita el nuevo rango.
Numeración geográfica: hay que acreditar el domicilio legal en la provincia
Junto al 400 llega un segundo cambio que afecta a cualquier empresa con números fijos. La Resolución de 27 de abril de 2026 establece que solo se puede asignar o usar un número geográfico si el abonado tiene un domicilio legal en la provincia de esa numeración y lo acredita ante su operador. Está en vigor desde el 1 de mayo y el periodo de adaptación termina el 1 de noviembre de 2026.
- Cómo se acredita. Con un contrato de alquiler, un recibo de suministros, el alta de un centro de trabajo o un documento similar a nombre de la empresa.
- Si no se puede acreditar. No se puede asignar numeración geográfica de esa provincia; la alternativa es la numeración nómada (código 51).
- Si ya tienes un número en esa situación. Puedes acreditar una sede en esa provincia, cambiarlo por un número de la provincia de tu sede o pasarlo a numeración nómada.
Cómo contratar tu número 400 con Conexia
- 5 € al mes + IVA por número.
- Un 400 por empresa (CIF) por defecto; más solo si se justifica.
- Va sobre una centralita de Conexia: las llamadas comerciales salen con el 400 y el resto de la empresa sigue con sus números de siempre.
- Se firma una sola vez un anexo de subasignación de numeración, que Conexia envía a la CNMC.
- Permanencia de 12 meses. El número puede retirarse si se hace un mal uso.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la numeración 400 y cuál es su finalidad?
Es un rango creado solo para llamadas comerciales salientes. Sirve para que quien recibe la llamada sepa, antes de descolgar, que le llama una empresa con fines comerciales.
¿Qué llamadas comerciales deberán utilizarla?
Las llamadas comerciales a consumidores de las empresas incluidas en el ámbito de la Ley 10/2025 de servicios de atención a la clientela, aunque se tenga el consentimiento del cliente. La atención al cliente, la postventa y el recobro de deudas no cuentan como llamada comercial. Si tu empresa vende por teléfono a consumidores y tienes dudas, lo prudente es contratar un 400.
¿Qué cambia a partir del 17 de octubre de 2026?
Las llamadas comerciales a consumidores solo podrán salir desde un número 400. Los números geográficos quedan para la atención al cliente y la postventa.
¿Qué implicaciones tiene para empresas y plataformas de voz?
Por defecto corresponde un 400 por CIF; más solo si se justifica y se documenta. No se permiten números consecutivos ni ir rotándolos, el 400 no se puede portar y no recibe llamadas: quien lo devuelva oirá «número inexistente». Las centralitas y plataformas de marcación deben sacar por el 400 solo las campañas comerciales, y el cliente final responde del buen uso del número.
¿Puedo usar un número geográfico de otra provincia?
Solo si tu empresa tiene un domicilio legal en esa provincia y lo acredita ante el operador (contrato de alquiler, recibo de suministros, alta de un centro de trabajo o similar). Lo exige la Resolución de 27 de abril de 2026, en vigor desde el 1 de mayo; el periodo de adaptación termina el 1 de noviembre de 2026. Si no se puede acreditar, la alternativa es la numeración nómada (código 51).
Ya tengo un número geográfico de una provincia donde no tengo sede, ¿qué hago?
Tienes tres opciones: acreditar una sede en la provincia de ese número, cambiarlo por un número geográfico de la provincia donde está tu sede, o pasarlo a numeración nómada. Si es tu caso, te ayudamos a elegir y a hacer el cambio.
¿Cómo solicito un número 400 con Conexia y cuánto cuesta?
Cuesta 5 € al mes + IVA. Va sobre una centralita de Conexia (si no la tienes, la contratas con él), se firma una sola vez un anexo de subasignación que Conexia envía a la CNMC y tiene una permanencia de 12 meses. Pídelo a tu comercial o desde el formulario de contacto.
Fuentes oficiales: BOE-A-2026-8409 (numeración 400 para llamadas comerciales) y BOE-A-2026-9431 (domicilio legal en la numeración geográfica).
¿Te ha resultado útil esta noticia?
Habla con un especialista de Conexia y revisa cómo afecta esta normativa a tu operativa comercial.
